El viernes 10 de enero el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad aprobó el Proyecto de Ordenanza mediante el cual se derogó la Ordenanza Nº 052/CD/1994.

La normativa propone regular, prohibir y sancionar la emisión de ruidos molestos y vibraciones excesivas en el ejido municipal.

Durante el mes de febrero se realizará la campaña de concientización “¡Basta de ruidos molestos!” para informar a los conductores y vecinos de la ciudad.

A partir del primero de marzo se aplicará de manera efectiva y se emitirán multas a quienes realicen las siguientes infracciones:

  1. Vehículo y/o motocicleta sin silenciador o alterado 100 UF a 700 UF.
  2. Altos niveles de música en el auto 200 UF a 500 UF.
  3. Abuso de bocina 200 UF a 500 UF.

Los vehículos y motos en en infracción serán retirados y trasladados al Corralón Municipal.

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EXTRACTO ORDENANZA:

III.1.- RUIDOS PROVENIENTES DE VEHÍCULOS Y/O MOTOCICLETAS

ARTICULO Nº 9.- El que abusare de bocina reglamentaria, será sancionado con
multa que de 200 UF a 500 UF. Sólo será justificable el uso instantáneo de bocinas en
casos excepcionales de peligro inmediato o accidente inminente que no pueda evitarse por
otros medios.

ARTICULO Nº 10.- El que circule en la vía pública con vehículos que emitan altos
niveles de música desde su interior perceptibles desde el exterior; como así también,
aquellos que estacionen o detengan su vehículo, y desde el cual se propaguen niveles
sonoros que traspasen el ámbito de la unidad móvil; será sancionado con multa de 200 UF a
500 UF.

ARTICULO Nº 11.- El que circule en la vía pública con un vehículo y/o
motocicleta desprovisto de silenciador o habiéndolo alterado, o colocado dispositivos en
vehículos, en violación a normas reglamentarias, será sancionado con multa. Si se tratare de
Automotores hasta 3,5 tn de tara: De 200 UF A 500 UF ; Automotores de más de 3, 5 de
tara y 3 diesel: De 200 UF A 700 UF y Motocicletas de cualquier tipo: De 100 UF A 500
UF